Publicidad engañosa en servicios de tarot: cómo reconocerla

La publicidad engañosa en servicios de tarot se reconoce por tres patrones: afirmaciones de certeza absoluta («acierto 100%»), credenciales inverificables («vidente certificada de nacimiento») y promesas de resultado concreto («recupera tu pareja en 72 horas»). Todos vulneran la Ley 34/1988 General de Publicidad. El usuario puede denunciarlos ante Autocontrol, la Dirección General de Consumo de su comunidad autónoma o los tribunales ordinarios.

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¿Qué es la publicidad engañosa según la ley española?

La Ley 34/1988 General de Publicidad define la publicidad engañosa como aquella que «induce o puede inducir a error a sus destinatarios, pudiendo afectar a su comportamiento económico». No es necesario que el engaño se haya consumado: basta con que el mensaje publicitario tenga la capacidad de generar una impresión falsa en el receptor medio.

Esta definición tiene dos consecuencias directas para el sector del tarot. Primera: una afirmación publicitaria no necesita ser objetivamente falsa para ser engañosa; puede ser técnicamente ambigua pero interpretarse razonablemente como una promesa que el servicio no puede cumplir. Segunda: el estándar de comparación no es el usuario más informado ni el más crédulo, sino el consumidor medio razonablemente informado, atento y perspicaz según la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

La Ley General de Publicidad se complementa con la Ley de Competencia Desleal (Ley 3/1991), que tipifica las prácticas comerciales engañosas, y con el Real Decreto Legislativo 1/2007, que regula los derechos de los consumidores. Este trípode normativo ofrece tres vías de reclamación con distintos plazos, costes y efectos.

«Un sector que promete lo que no puede garantizar no está vendiendo un servicio: está vendiendo una ilusión a cambio de dinero, y eso tiene nombre jurídico.» — Enrique Martínez Vadillo, Astroideal

¿Cuáles son los ejemplos más frecuentes de publicidad engañosa en el tarot?

Los patrones de publicidad engañosa en el sector del tarot y la videncia son recurrentes y relativamente fáciles de identificar una vez que se conocen. A continuación se detallan los más extendidos, con la explicación de por qué cada uno constituye publicidad engañosa en términos legales.

«Acierto garantizado al 100%»

Ningún sistema de orientación o interpretación puede garantizar certeza absoluta. Esta afirmación constituye publicidad engañosa por imposibilidad objetiva de verificación y por inducir a error sobre las características esenciales del servicio.

«Vidente de nacimiento certificada»

No existe en España ningún organismo oficial que certifique capacidades paranormales. La mención de una «certificación» que no puede acreditarse crea una falsa impresión de credencial verificable, lo que constituye publicidad engañosa por omisión de información relevante.

«Recupera a tu ex en 72 horas»

Una promesa de resultado concreto y medible en el tiempo sobre el comportamiento de terceras personas es objetivamente inverificable y manipula las expectativas del usuario en situación de vulnerabilidad emocional.

«Primera consulta gratis, sin compromiso»

Cuando la consulta «gratuita» se interrumpe sistemáticamente en el momento crítico para presionar la contratación de pago, el mensaje inicial es engañoso por omitir las condiciones reales del servicio.

«30 años de experiencia, 10.000 clientes satisfechos»

Las cifras sobre experiencia o volumen de clientes satisfechos son publicidad engañosa cuando no pueden acreditarse con datos verificables. En el sector del tarot, este tipo de afirmaciones raramente está respaldado por documentación auditada.

«Solo yo puedo resolver tu situación»

Las afirmaciones de exclusividad sobre capacidades no contrastables —combinadas con lenguaje que crea urgencia o dependencia— constituyen publicidad engañosa y pueden constituir, además, presión psicológica sobre consumidores vulnerables.

El denominador común de todos estos ejemplos es la asimetría informativa: el servicio afirma poseer o poder entregar algo que el usuario no puede verificar antes de pagar. El Libro Blanco del Tarot y la Videncia 2026 documenta que el 90% de los usuarios que consultan por primera vez repiten en los 90 días siguientes, lo que indica que la fidelización que se produce no siempre responde a la calidad real del servicio, sino frecuentemente a la dependencia generada por promesas incumplidas que el usuario sigue esperando que se materialicen.

¿Cómo distinguir publicidad legítima de publicidad engañosa en este sector?

La distinción no depende únicamente del contenido del mensaje, sino de si las afirmaciones realizadas son verificables, proporcionales y comunicadas con suficiente contexto para no crear expectativas falsas. Un servicio de tarot puede anunciarse legítimamente destacando la experiencia de sus profesionales, la transparencia de sus precios o la satisfacción de sus usuarios, siempre que esas afirmaciones puedan respaldarse con datos concretos.

Afirmación publicitariaCalificaciónPor qué
«Consultas con tarotistas con más de 10 años de práctica documentada»LegítimaAfirmación verificable si se acompaña de perfiles profesionales con trayectoria acreditable.
«El tarot más preciso de España»EngañosaSuperlativo absoluto no verificable. No existe criterio objetivo de «precisión» en interpretación de tarot.
«Precios fijos desde 12 €, sin cargos adicionales»LegítimaInformación concreta, verificable antes de contratar y no generadora de expectativas falsas.
«Resultados en 48 horas garantizados»EngañosaPromesa de resultado en servicio subjetivo con temporización concreta. Objetivamente incumplible.
«89 profesionales seleccionados con criterios documentados de formación»LegítimaCifra concreta y verificable, con criterio de selección explícito y documentado.
«Don natural certificado por academias internacionales de videncia»EngañosaCredencial ficticia. No existen organismos de certificación de capacidades paranormales reconocidos por ninguna autoridad.
«El tarot orienta, no predice. Nuestras lecturas ofrecen perspectiva, no certezas»LegítimaComunicación honesta sobre los límites del servicio. Cumple el estándar de información veraz sobre características esenciales.

Este último ejemplo no es un estándar voluntarista: es el lenguaje que utilizan los servicios de tarot que operan dentro del marco de la Ley General de Publicidad. En Astroideal, la descripción de los servicios disponibles en el directorio de tarot telefónico fiable no incluye promesas de resultado ni afirmaciones de certeza absoluta. La orientación que ofrece el tarot no garantiza un futuro concreto; ayuda a reflexionar sobre situaciones presentes con una perspectiva adicional.

¿Qué dice exactamente la Ley General de Publicidad sobre este tipo de mensajes?

La Ley 34/1988 General de Publicidad establece en su artículo 4 que es engañosa «la publicidad que de cualquier manera induce o puede inducir a error a sus destinatarios, pudiendo afectar a su comportamiento económico». Los elementos que pueden generar ese error incluyen expresamente «las características del bien o servicio», «los resultados que pueden esperarse de su utilización» y «los resultados y características esenciales de los ensayos o controles del bien o servicio».

Aplicada al sector del tarot, esta definición permite calificar como publicidad engañosa cualquier afirmación sobre resultados concretos de una consulta, sobre la capacidad del tarotista para predecir eventos futuros con exactitud, o sobre la existencia de credenciales profesionales que no corresponden a ningún organismo de certificación real.

El artículo 8 de la misma ley prohíbe expresamente la publicidad que «explote el miedo o la superstición». Esta disposición es directamente aplicable a los mensajes que crean alarma sobre consecuencias negativas que solo el servicio anunciado puede neutralizar, práctica habitual en determinados servicios de rituales o «trabajos espirituales» que se anuncian en el entorno del tarot.

Publicidad subliminal y publicidad encubierta: La Ley 34/1988 también prohíbe la publicidad subliminal (art. 7) y la publicidad encubierta, es decir, aquella que no se identifica como tal. Las reseñas falsas, los testimonios fabricados y las valoraciones incentivadas sin declaración de patrocinio que proliferan en plataformas de servicios de tarot entran en esta categoría y son reclamables por la misma vía.

¿Cómo y dónde denunciar publicidad engañosa de un servicio de tarot?

El sistema español ofrece cuatro vías paralelas para denunciar publicidad engañosa, con distintos plazos, alcance y efectos. Pueden utilizarse de forma simultánea o secuencial según la gravedad del caso y el resultado buscado.

Autocontrol — Asociación para la Autorregulación de la Comunicación Comercial

Autocontrol es el organismo de autorregulación del sector publicitario español. Su Jurado de la Publicidad resuelve reclamaciones sobre publicidad engañosa, desleal o ilícita con rapidez —generalmente en un plazo de cuatro a seis semanas— y de forma gratuita para el consumidor. Sus resoluciones no tienen fuerza ejecutiva directa, pero su incumplimiento puede derivar en sanciones dentro del sector y en la retirada de los espacios publicitarios contratados en medios adheridos.

La reclamación puede presentarse online a través del sitio web de Autocontrol (autocontrol.es), describiendo el mensaje publicitario, indicando dónde se publicó y aportando, si es posible, captura o enlace al anuncio.

Dirección General de Consumo de la comunidad autónoma

La administración autonómica de consumo tiene competencia para iniciar expedientes sancionadores contra empresas que utilizan publicidad engañosa en su comunicación comercial. Las sanciones pueden alcanzar importes significativos según la gravedad y la reincidencia. La denuncia puede presentarse online o presencialmente ante la consejería de consumo de la comunidad autónoma del denunciante.

Vía civil — acción de cesación

La Ley de Competencia Desleal permite a cualquier persona o entidad con interés legítimo ejercer la acción de cesación ante los juzgados de lo mercantil para exigir que se retire el mensaje publicitario y se indemnicen los daños causados. Esta vía requiere asistencia letrada, lo que eleva su coste, pero es la única que puede producir una indemnización económica.

Pasos recomendados antes de denunciar

  1. Documentar el mensaje publicitario con captura de pantalla, vídeo o grabación, anotando la fecha, la plataforma y la URL donde aparece.
  2. Conservar cualquier comunicación posterior con el servicio que demuestre que las promesas publicitarias no se corresponden con el servicio real recibido.
  3. Identificar al prestador del servicio con razón social y NIF si es posible, dato necesario para cualquier reclamación administrativa o judicial.
  4. Presentar la reclamación primero ante Autocontrol por su rapidez y gratuidad; si el resultado no es satisfactorio o el operador no está adherido, escalar a la Dirección General de Consumo.

¿Por qué persiste la publicidad engañosa en el sector del tarot?

La publicidad engañosa persiste porque funciona y porque su coste de incumplimiento es bajo para quienes operan en el margen de la legalidad. Un sector sin estándares profesionales obligatorios, con alta rotación de operadores y con usuarios frecuentemente en situación de vulnerabilidad emocional es el entorno ideal para que prospere.

El problema no es inherente al tarot como práctica: es consecuencia de la ausencia de autorregulación sectorial efectiva. Astroideal, que gestiona más de 2.500 consultas mensuales con 89 profesionales verificados, aplica criterios de selección que incluyen el rechazo explícito de cualquier promesa de resultado en la comunicación de los profesionales de su directorio. Los servicios disponibles en el directorio de tarot telefónico económico o en la sección de tarot sin gabinete están seleccionados bajo estos criterios.

Para el usuario, la herramienta más eficaz no es la reclamación posterior, sino la evaluación previa. Un servicio que no puede describir su oferta sin recurrir a superlativas no verificables no es un servicio transparente. Los estándares aplicados en la selección del equipo de Astroideal están documentados en la sección quiénes somos de la plataforma.

El estándar Astroideal en comunicación: Ningún profesional del directorio de Astroideal puede incluir en su perfil afirmaciones de certeza absoluta, promesas de resultado concreto ni credenciales no verificables. Este criterio no es una declaración de valores: es un requisito de permanencia en la plataforma. La orientación que ofrece el tarot abre perspectivas; no clausura futuros ni garantiza comportamientos de terceros.

Preguntas frecuentes sobre publicidad engañosa en servicios de tarot

¿Es ilegal que un servicio de tarot prometa «resultados garantizados»?

Sí, en la medida en que esa promesa induce a error sobre las características reales del servicio. La Ley 34/1988 General de Publicidad califica como engañosa cualquier publicidad que genere expectativas falsas sobre los resultados de un servicio. En el caso del tarot, ningún resultado puede garantizarse objetivamente, por lo que cualquier promesa en ese sentido cumple la definición legal de publicidad engañosa. El usuario que haya contratado un servicio basándose en esa promesa puede reclamar tanto la devolución del importe como la retirada del mensaje publicitario.

¿Qué es Autocontrol y cómo puede ayudarme a denunciar publicidad engañosa?

Autocontrol es la asociación española de autorregulación publicitaria. Su Jurado de la Publicidad resuelve reclamaciones sobre mensajes engañosos, desleales o ilícitos de forma gratuita para el consumidor, con resoluciones habituales en cuatro a seis semanas. El proceso es online, no requiere abogado y puede iniciarse desde autocontrol.es. Sus resoluciones no son judicialmente ejecutivas, pero los medios adheridos a Autocontrol están obligados a retirar la publicidad que el Jurado declare ilícita.

¿Las reseñas falsas en plataformas de tarot son publicidad engañosa?

Sí. Las valoraciones o testimonios fabricados, los comentarios incentivados sin declaración de patrocinio y las calificaciones artificialmente infladas constituyen publicidad encubierta, prohibida por la Ley General de Publicidad (art. 9) y por la Ley de Competencia Desleal. Además, desde 2022 la Directiva europea Omnibus obliga a las plataformas que publican reseñas a informar sobre cómo verifican su autenticidad. El incumplimiento es denunciable ante la Dirección General de Consumo de la comunidad autónoma o ante la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.

¿Puedo reclamar si me contrataron un servicio basándose en publicidad engañosa?

Sí. El consumidor que contrata un servicio inducido por publicidad engañosa tiene derecho a resolver el contrato y reclamar la devolución del importe pagado. La acción se fundamenta en el artículo 1270 del Código Civil (dolo como vicio del consentimiento) y en la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios. La vía más accesible es la reclamación ante la OMIC municipal o ante la Junta Arbitral de Consumo, ambas gratuitas para el consumidor.

¿Cómo sé si las credenciales de un tarotista son reales o inventadas?

No existe en España ningún registro oficial ni organismo de certificación de capacidades paranormales. Cualquier mención a «certificaciones internacionales de videncia», «títulos de clarividencia» o «avales de academias esotéricas» es una credencial no verificable por ninguna vía administrativa o judicial. Las únicas credenciales verificables son las de formación reglada en disciplinas relacionadas (psicología, filosofía, historia de las religiones) y la trayectoria documentada con referencias contrastables. La ausencia de credenciales verificables no invalida la práctica del tarot, pero su uso publicitario como aval de capacidades paranormales sí constituye publicidad engañosa.

Publicado: febrero 2026 | Última actualización: febrero 2026 | Autor: Enrique Martínez Vadillo

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